14/5/14

Elecciones Europeas del 25 de Mayo

En este post vamos a dar información detallada de si te ha tocado estar presente en la mesa electoral o si ese domingo te toca trabajar y quieres ejercer tu derecho a voto.

Os dejamos con las normativas:

Electores:

Los trabajadores con derecho a voto, que no disfruten el próximo día 25 de mayo de 2014 de descanso semanal, tendrán derecho a un permiso retribuido, que en función de la coincidencia de su jornada laboral con el horario de apertura y cierre de las mesas electorales, DE 9 DE LA MAÑANA A 8 DE LA TARDE,  será el siguiente:


HORARIO DE TRABAJO COINCIDENTE CON HORARIO ELECTORAL
PERMISO RETRIBUIDO
Cuando no coincida o coincida menos de 2 horas
No tendrá derecho a permiso
De 2 horas a menos de 4 horas
Permiso retribuido de 2 horas
De 4 horas a menos de 6 horas
Permiso retribuido de 3 horas
6 horas o más
Permiso retribuido de 4 horas

Para los trabajadores contratados a tiempo parcial, la duración de los permisos señalados anteriormente se reducirá en proporción a la relación entre la jornada de trabajo que desarrollen.

Presidentes, Vocales e interventores  de las Mesas Electorales:

Aquellos trabajadores que acrediten su condición de Presidentes, Vocales e Interventores tendrán derecho a permiso retribuido durante toda la jornada laboral correspondiente al día de la votación, si no disfrutaran de permiso retribuido de jornada completa durante el día de la votación, y de una reducción de cinco horas en la jornada correspondiente al día inmediatamente posterior.

Si alguno de los suplentes tiene que desempeñar la función por ausencia del titular, tendrá derecho al permiso retribuido y a la reducción de jornada, así como a la dieta. No procederá la concesión de dichos derechos si el suplente no llega a ocupar su puesto en la Mesa electoral.




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