Os dejamos con información de interes para los trabajadores/as a tiempo parcial. En Marzo de 2014 apareció publicado en el BOE una nueva ley para la protección de los trabajadores/as a tiempo parcial. Aquí os dejamos con el pdf que lo explica más detalladamente
Con esta norma se corrigió el modelo para acreditar los períodos de
cotización de los trabajadores a tiempo parcial para acceder a las
diferentes prestaciones del sistema de Seguridad Social, conforme a las sentencias dictadas por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y el Tribunal Constitucional.
En la regulación que se ha aprobado se reduce el período mínimo de cotización de forma que ya no será de 15 años cuando el trabajador tiene cotizaciones por jornadas a tiempo parcial. En concreto, el período mínimo de cotización exigido se ajustará al coeficiente de parcialidad que acrediten a lo largo de toda la vida laboral estos trabajadores, y que figura en el Fichero General de Afiliación.
Este coeficiente se corresponde al porcentaje de parcialidad de la jornada con respecto a la de tiempo completo.
Por ejemplo, si un trabajador tuviera un coeficiente de parcialidad del
50% (su jornada laboral fuera la mitad de la completa) el período
mínimo de cotización que tendría que acreditar para la jubilación no
serían 15 años sino 7,5 años.
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